domingo, 25 de agosto de 2013

Indemnizacion laboral

Primero que todo la indemnización laboral es el pago que una empresa hace al trabajador por concepto de despido injustificado u otros daños que pueden haber ocurrido durante su permanencia como trabajador de la empresa, este tipo de pago no es imponible ni tributable, y existen tres tipos de indemnización laboral:

-Por años de servicio.
-Sustitutivo del mes de aviso.
-Por feriado proporcional.

Este tipo de pago dependerá de la situación por la cual el trabajador fue despedido o bien se allá decidido terminar con el contrato de trabajo.

Si le aplican causales del articulo 160 del código del trabajo no corresponde pagar las indemnizaciones por años de servicio como tampoco la del mes de aviso.
Ejemplos: Falta de probidad del trabajador en sus funciones, conductas de acoso sexual, injurias del trabajador hacia el empleador, entre otras.

Si el trabajador tiene días pendientes de vacaciones no importando la causal de despido deberá ser pagada la indemnización por feriados proporcionales


lunes, 12 de agosto de 2013

Franquicia Tributaria de Capacitacion de Sence

El Sence es un servicio publico dependiente del ministerio de trabajo y previsión social.
Básicamente el Sence administra la franquicia tributaria otorgada por el estado a la capacitación ocupacional o laboral.

Topes de la franquicia:
- Hasta el 1% de la remuneración imponible pagada por la empresa hasta un año.
- Regala hasta un costo de hora hombre de 4.000 pesos de capacitación.
- Si la remuneración del participante es menor a 25 UTM la franquicia cubre el 100% de los 4.000 pesos, si es de 25 a 50 UTM cubre un 50% y si es sobre 50 UTM cubre un 15%.