-Por años de servicio.
-Sustitutivo del mes de aviso.
-Por feriado proporcional.
Este tipo de pago dependerá de la situación por la cual el trabajador fue despedido o bien se allá decidido terminar con el contrato de trabajo.
Si le aplican causales del articulo 160 del código del trabajo no corresponde pagar las indemnizaciones por años de servicio como tampoco la del mes de aviso.
Ejemplos: Falta de probidad del trabajador en sus funciones, conductas de acoso sexual, injurias del trabajador hacia el empleador, entre otras.
Ejemplos: Falta de probidad del trabajador en sus funciones, conductas de acoso sexual, injurias del trabajador hacia el empleador, entre otras.
Si el trabajador tiene días pendientes de vacaciones no importando la causal de despido deberá ser pagada la indemnización por feriados proporcionales